La iniciativa del legislador Jorge Santiago (GEN-Progresistas) modifica la Ley 6.716, que impedía ejercer ese derecho, y se hace eco de un fallo de la Suprema Corte bonaerense en el mismo sentido.
A pocos días de que se cumpla 1 año de una resolución del máximo Tribunal Judicial bonaerense (22/03/17), la Suprema Corte de Justicia Provincial, donde se decidió que «se reconozca el derecho del amparista a participar en los comicios para la elección de directores de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires», el Diputado Santiago presentó una iniciativa que reconoce ese incuestionable derecho. El proyecto, presentado la semana pasada por el legislador nacido en la ciudad de Rojas, incorpora el artículo 4 bis a la Ley Nº 6.716, que queda redactado de la siguiente manera:«Los abogados jubilados podrán participar de la elección de los miembros del directorio que ejercerá el gobierno y administración de la Caja de Previsión Social». Aunque parezca increíble, la imposibilidad de participar en la designación de las autoridades de la mencionada Caja estaba dada por la citada norma, que a su vez remitía al artículo 40 de la Ley Nº 5177 que establece expresamente: «Los abogados y procuradores jubilados podrán asistir con voz pero sin voto». El Diputado Santiago entiende que con la mencionada prohibición «se está violando el derecho de los jubilados a participar de la elección de los representantes, miembros del directorio que ejercen el gobierno y administración de la Caja de Previsión Social, que regula cuestiones relacionadas a su condición de jubilado». Santiago, quien ejerce también ejerce la Vicepresidencia II de la Cámara baja, fundamentó que «a su vez se está afectando el derecho a la igualdad de trato, entre abogados activos y pasivos, ya que a ambos afecta y en especial a los segundos, en cuanto a la administración que se realice del patrimonio que conforma la Caja de Previsión Social de Abogados de la Provincia de Buenos Aires». El representante de los ciudadanos de la Segunda Sección Provincial, en la Legislatura, explica que «la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, en el fallo caratulado «Scarimbolo, Martín s/ Amparo» N° de expediente A 73506, el día 22 de marzo de 2016, resolvió que se reconozca el derecho del amparista a participar en los comicios para la elección de directores de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires». Finalmente y luego de aclarar expresamente que «la demandada deberá incluir al peticionante en el padrón habilitado», Santiago pidió el acompañamiento de sus pares al presente Proyecto de Ley.
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