El bloque de concejales de la UCR, a través del concejal Carlos Veliz, presentó un proyecto de Ordenanza para licitar el servicio de transporte colectivo de pasajeros en Rojas Planta Urbana (Rojas-Carabelas -Rojas-Rafael Obligado). Desde hace tiempo, “el radicalismo observa con preocupación como las habitantes de Carabelas y Rafael Obligado tienen menos comunicación con la ciudad de Rojas, una de las causales es la falta de un transporte público que unifique al partido de Rojas, por tal motivo y en aras de buscar soluciones a esta problemática, se encuentra trabajando en diferentes proyectos para lograr una mayor integración entre los habitantes del distrito, una de esas iniciativas es el proyecto para licitar el servicio de transporte público de colectivo en la ciudad de Rojas, ademas de licitar el servicio de Rojas-Carabelas y Rojas Rafael Obligado”. En sus fundamentos, el concejal Veliz expresa que “entre las actividades de las municipalidades sobresale, por su importancia y generalidad, la prestación de servicios públicos destinada a satisfacer necesidades de interés general y de índole local” y “el sostenido, regular y continuo desarrollo urbano que ha experimentado la ciudad de Rojas, con la construcción de nuevos núcleos habitacionales y la consecuente extensión territorial del ejido, ha abierto la problemática del desplazamiento interno de los habitantes de los barrios de Rojas”. “Esta problemática se repite en las localidades de Carabelas y Rafael Obligado a quienes les resulta cada vez más complicado trasladarse a efectores sanitarios, entidades bancarias, reparticiones públicas en general, comercios, Cementerio municipal, ubicados en la Ciudad de Rojas”, añade el edil. Además, recalca que “el transporte colectivo de pasajeros viene a constituirse en la adecuada solución a la problemática planteada”, mientras que “la instalación de un transporte colectivo de pasajeros permitirá a los habitantes de los barrios periféricos que no tienen la posibilidad económica de utilizar un coche de alquiler poder trasladarse por una valor mínimo a cualquier punto de la ciudad”. “Resulta imperioso, entonces, que el Departamento Ejecutivo a quien corresponde la ejecución directa de los servicios de la Municipalidad según el artículo 131 de la norma organizativa de los Municipios bonaerenses, proceda a evaluar, estudiar, diagramar, fijar y determinar, entre otros: población involucrada y potencial usuaria, costos, recorridos, frecuencias, cantidades, tipos y características de vehículos y toda otra cuestión específica que permita la elaboración de un pliego de bases y condiciones para el llamado a licitación con el objeto de la concesión del servicio público municipal de transporte colectivo de pasajeros en el ámbito de la ciudad cabecera del Partido, con arreglo a lo normado en los artículos 53 y 230, subsiguientes y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, previendo la prestación del mismo en las mejores condiciones de calidad posible para los vecinos, con control y supervisión indelegable del Estado”, completa.
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