El bloque radical elevó una grave denuncia al Tribunal de Cuentas respecto al dinero correspondiente al fondo de Obras Públicas que debe ir a los Bomberos y al Hogar de ancianos San Francisco de Asís, pues no coinciden los números presentados por el Ejecutivo y lo recibido por las instituciones, según documentación obtenida por la bancada de la UCR. En sus fundamentos, los ediles radicales sostienen: La Ordenanza Nº 2292/97 que crea en el Distrito de Rojas un fondo denominado FONDO COMUNITARIO PARA OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA SINIESTRO Y EMERGENCIA SEGURIDAD Considerando: Que dicho fondo se genera por el cobro de una alícuota del 7,50% a los socios de la Cooperativa CLYFER (prestadora del Servicio de Energía Eléctrica en el Partido de Rojas) Que- La distribución de estos fondos queda establecida por Ordenanza 2292/97 y su Modificatoria 3127/09 de la siguiente forma A) el 2% al Fondo Comunitario para Obras de Infraestructura Publica B) el 1,50 al Fondo de Siniestros y Emergencias ( Bomberos) C) el 0,75 a Seguridad (Policía) D) el 1% para Obras de Mantenimiento y Reparación de la Infraestructura Urbana E) el 2% destinado al Hogar de Ancianos San Francisco de Asís Que- En la Sesión Especial del Honorable Concejo Deliberante de Rojas de fecha 13 de Mayo del 2.010 con motivo del Tratamiento de la Rendición de Cuentas Municipales correspondiente al Ejercicio Fiscal año 2009, este Bloque de Concejales fundamento su rechazo a la misma, por haber detectado supuestas diferencias entre lo documentación presentada por el DEM respecto a los montos abonados por el Fondo de Obras Públicas a las Instituciones Bomberos y Hogar de Ancianos San Francisco de Asís y la documentación e información obtenida por este Bloque de Concejales por parte de las Autoridades de las Instituciones mencionadas. Que- Respecto el 2% destinado al Fondo Comunitario para Obras de Infraestructura Pública y el 1% que debe ser utilizado para Obras de Mantenimiento y Reparación de la Infraestructura Urbana este Bloque de Concejales no logro constatar en la Rendición de Cuentas Municipales como fue utilizado Que- Por Consiguiente consideramos necesaria la intervención del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires en su carácter de órgano contralor administrativo de los Municipios de la Provincia. Por lo expuesto el bloque radical plantea: Art. 1º: El Honorable Concejo Deliberante (ROJAS) se dirige al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires a fin de Solicitar que en su carácter de órgano de control administrativo de los municipios, requiera al Departamento Ejecutivo Municipal la documentación correspondiente a la distribución del FONDO COMUNITARIO PARA OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA SINIESTRO Y EMERGENCIA SEGURIDAD normado por Ordenanza Nº 2292/97 y su Modificatoria 3127/09 Art. 2º: El Honorable Concejo Deliberante (ROJAS) solicita al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires remita a este Honorable Cuerpo los resultados de esta requisitoria. El proyecto Por lo expuesto el Bloque de Concejales de la UCR eleva el siguiente proyecto: El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que instruya a la Policía Comunal a fin de que la misma prevenga y reprima las conductas descriptas y contempladas en los Art 128 y 129 del Código Penal, además solicita que se gire copia de la presente a la ayudantía Fiscal de Rojas a sus efectos.
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