El trámite deberá realizarse a través de la Dirección de Bromatología, ya que dicho alimento solo puede elaborarse bajo estrictas condiciones higiénicas y sanitarias dado el grado de peligrosidad de transmitir enfermedades como el Síndrome Urémico Hemolítico.
La Dirección de Bromatología del Municipio de Rojas informa a las carnicerías y comercios que elaboren hamburguesas que, de acuerdo a las disposiciones del Laboratorio Central de Salud Pública, deberán inscribir el producto en ese Ministerio a través de Bromatología. Este alimento perecedero sólo puede elaborarse bajo estrictas condiciones higiénico-sanitarias, dado el grado de peligrosidad de transmitir enfermedades como el Síndrome Urémico Hemolítico por las toxinas que libera la escherichia coli. Las carnicerías que deseen realizar su fabricación deberán gestionar ante las reparticiones públicas municipales, PAMS (Producto Aprobado por el Ministerio Salud), Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, la identificación del producto de elaboración y venta en las carnicerías, su cadena de comercialización para conocer el origen y las materias primas utilizadas. El objetivo es determinar el origen del fabricante, ya que es el responsable de las prácticas de manejo y de los productos que utiliza en la manufactura. Normas de fabricación de Hamburguesas: Según la definición del Código Alimentario Argentino (CAA), la hamburguesa es un producto elaborado en base a carne picada con el agregado de sal, glutamato de sodio (resaltador de sabor) y ácido ascórbico (antioxidante, más conocido como vitamina C). El contenido en grasa no puede exceder el 20%. Medallones de carne: Pueden contener otros ingredientes, además de la carne picada, como soja o almidón y su contenido de grasa no puede exceder el 50%. Fuera de estas propiedades específicas, las características generales y el proceso de elaboración es el mismo. La carne que se utiliza es vacuna, con su contenido natural de grasa (de otra forma debe indicarse en el rótulo). Pueden presentarse congelados o super congelados. Deben llevar en los rótulos del envase los siguientes datos: denominación del producto, nombre o razón social del productor y/o titular de la marca, domicilio de la razón social, origen del producto, número de establecimiento elaborador, identificación del lote, fecha de elaboración/vencimiento, indicación de forma de conservación, instrucciones de uso, listado de ingredientes, peso neto, etiquetado nutricional, forma de congelado, servicio de atención al consumidor, indicaciones luego del descongelado. Por tal razón se trata de productos que deben elaborarse con normas específicas y en establecimientos que cuenten con instalaciones adecuadas, que permitan ser inscriptos ante el laboratorio Central de Salud Pública. Toda hamburguesa de carne y medallones de carne que no se encuadre dentro del régimen propuesto será decomisado en el acto
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